La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas designadas como beneficiarias de una cuenta de Afore no deberán pagar Impuesto sobre la Renta (ISR) al recibir los recursos del trabajador fallecido
La decisión fue aprobada por seis votos contra tres, con lo que el máximo tribunal desechó un proyecto que sostenía que la exención del ISR únicamente debía aplicarse a herederos o legatarios nombrados formalmente en un testamento.
Durante la discusión, la mayoría de los ministros consideró que gravar únicamente los recursos de las cuentas para el retiro resultaba incongruente, ya que otros bienes heredados o recursos financieros transmitidos a beneficiarios no están sujetos a ese impuesto.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar, calificó el caso como un asunto de «justicia social», al señalar que muchas cuentas de ahorro para el retiro contienen recursos limitados, por lo que no era razonable imponerles una carga fiscal cuando otros patrimonios de mayor valor permanecen exentos.











