Los consumidores tienen derecho a devolución de efectivo; bonificación o compensación al cancelar un servicio

por | May 6, 2026 | Nacionales

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó en la Revista del Consumidor una guía para saber qué hacer si los proveedores realizan cobros injustificados después de cancelar un servicio, de los cuales los proveedores están obligados a informar de forma clara si la contratación del servicio ofrecido conlleva cobros automáticos recurrentes, así como su periodicidad, monto y fecha de aplicación.

Si el contrato procede a renovarse de manera automática como en el caso de los servicios digitales, los proveedores deben notificar el cobro con al menos cinco días naturales de anticipación, a fin de permitir la cancelación sin ningún tipo de penalización.

Mediante un caso hipotético, la Profeco explica que los proveedores deben proporcionar a las personas un folio o número tras realizar la solicitud de cancelación del servicio tal y como se indica en el procedimiento del contrato. Por ello también es importante leer a detalle los términos y condiciones, así como las cláusulas para evitar penalizaciones.

Las personas consumidoras tienen derecho a recibir la devolución de las cantidades pagadas y, en caso de aplicar, a una bonificación o compensación.

Ema Holguin

Reportera originaria de Ciudad Jiménez, con 27 años de comunicadora, Su compromiso con la verdad y la sociedad la llevó a especializarse con un posgrado en Periodismo, fortaleciendo así su pasión por informar con rigor, ética y sensibilidad.