Apenas tiene un mes de que entró en vigor, pero la Ley Silla ya genera reclamos entre los patrones como en el sector comercio, servicios y turismo que se quejó de que esta medida se ha traducido en la reducción de horas efectivas laborales, equivalente al 18.75% en el tiempo operativo diario que es pagado.
Ante la incertidumbre y “lagunas legales”, los empleadores piden definir tiempos mínimos y máximos para que los trabajadores tomen descanso sentados.
De acuerdo con la a Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Servytur) resulta indispensable que se definan lineamientos para establecer los horarios de los trabajadores que laboran todo el día parados y puedan sentarse , pues la reciente implementación ha reducido “hasta 6.5 horas efectivas laborales”.
La entrada en vigor de la llamada “Ley Silla” ha generado una profunda incertidumbre operativa y jurídica en miles de centros de trabajo en el país, especialmente en los sectores de comercio, servicios y turismo.
Aunque la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó lineamientos generales el pasado 17 de julio, comentó que “estos no definen aún los aspectos técnicos esenciales sobre las pausas activas, lo que genera ambigüedad y posibles interpretaciones arbitrarias.
La Concanaco estableció que la Ley Silla genera ambigüedad y posibles interpretaciones arbitrarias.
Detalló que en una jornada laboral de 8 horas, los empleados realizan 2 pausas activas de 15 minutos (equivalente a 30 minutos diarios), más el descanso de comida de 30 minutos.
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